domingo, 23 de mayo de 2010
martes, 4 de mayo de 2010
NO AL CÓDIGO CONTRAVENCIONAL DE SCIOLI
Elección de artículos “Proyecto de Ley” del régimen contravencional
ARTÍCULO 4.- La acción por la comisión de contravenciones es pública y debe el personal policial proceder de oficio.
Las denuncias pueden ser formuladas en forma verbal o escrita ante la autoridad policial o juez competente.
ARTÍCULO 9.- La multa deberá ser satisfecha mediante sellado provincial administrativo. En caso de incumplimiento en el plazo indicado en el artículo 150 se convertirá en arresto.(…)
ARTÍCULO 13.- El arresto se cumplirá en establecimientos especiales adecuados a tal fin. En su defecto se cumplirá en comisarías u otras dependencias policiales que reúnan condiciones adecuadas de habitabilidad.(…)
ARTÍCULO 15.- El arresto previsto en esta Ley no será redimible por multa cuando procediere como sanción única o conjunta.
Se computará desde el día y hora en que se hizo efectiva la detención del infractor.
Podrá diferirse por hasta noventa (90) días el cumplimiento del arresto cuando el mismo pudiere acarrear al contraventor un perjuicio irreparable de extrema gravedad.
Dicho plazo podrá duplicarse cuando las circunstancias del caso lo ameriten.
ARTÍCULO 18.- El comiso importa la pérdida de la propiedad de las mercaderías, armas y objetos en infracción y de los elementos indispensables para cometerla, debiendo procederse a su secuestro en el momento de constatarse la contravención.
El comiso de los bienes y su destino deberá declararse en la sentencia, pasando los bienes afectados a integrar el patrimonio de la Provincia, (…)
Las armas u otros objetos afines, se incorporarán al inventario de la Policía que podrá utilizarlos, permutarlos o venderlos, esto último en subasta pública y previa autorización del Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO 29.- Se considerará reincidente a los efectos de este Código a la persona que, habiendo sido sancionada por una contravención, incurriere en otra de igual especie dentro del término de doce (12) meses a partir de la fecha en que quedó firme la sentencia sancionatoria anterior.
ARTÍCULO 34.- Cuando concurrieren varias infracciones independientes entre sí, a los efectos de la sanción, se aplicarán las reglas contenidas en el Código Penal.
La suma de estas sanciones no podrá exceder de cuarenta y cinco (45) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y/o de ciento veinte (120) días de arresto.
ARTÍCULO 39.- Será sancionado con multa entre uno (1) y cinco (5) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires el que provocare o incitare a otro a pelear, en la vía o parajes públicos o lugares expuestos al público.
ARTÍCULO 40.- Será sancionado con multa entre uno (1) y cinco (5) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires el que sometiere a una persona al escarnio público, despojándola de sus ropas, total o parcialmente o haciéndola objeto de molestias arrojándole sustancias o materias que afecten sus vestimentas o su aspecto.
Si la infracción fuere cometida en lugar donde se realizaren actos o espectáculos públicos o lo fuere contra funcionarios públicos, personas del culto, ancianos, enfermos mentales, mujeres o niños, se duplicará la sanción de multa y se aplicará además arresto hasta quince (15) días.
Si la infracción fuere cometida por tres (3) o más personas que actuaren en grupo, accidental o habitualmente, se aplicará además sanción de arresto entre diez (10) y treinta (30) días a cada uno de sus integrantes, aún cuando solamente hubieren permanecido en el lugar durante su comisión.
ARTÍCULO 41.- Será sancionado con multa entre cinco (5) y diez (10) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires el que golpeare o maltratare a otro sin causarle lesión.
Si la infracción fuere cometida por tres (3) o más personas que actuaren en grupo accidental o habitualmente, se aplicará, además, arresto entre diez (10) y treinta (30) días a cada uno, aún cuando solamente hubieren permanecido en el lugar durante su comisión.
ARTÍCULO 42.- Será sancionado con multa entre diez (10) y veinte (20) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto hasta sesenta (60) días quien pusiere a alguna persona, con su consentimiento o sin él, en estado narcótico o hipnótico o realizare en ella tratamiento que suprimiere la conciencia o la voluntad, con peligro para su salud o su vida.
ARTÍCULO 44.- Será sancionado con multa entre cinco (5) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto hasta noventa (90) días el que sin justificación portare cualquier tipo de arma en la vía pública o en lugares de acceso público, inequívocamente destinada a ejercer violencia o agredir.
En caso que la infracción fuere cometida en ocasión de reunión masiva de personas se impondrá sanción de multa entre diez (10) y treinta (30) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto hasta ciento veinte (120) días.
ARTÍCULO 49.- Será sancionado con multa entre diez (10) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires:
a) El que en lugares abiertos dejare animales de tiro, de carga, de carrera o cualesquiera otros, ya sea sueltos o confiándolos a personas inexpertas de modo que pudieren causar daños o afectar el tránsito.
ARTÍCULO 50.- Será sancionado con multa entre diez (10) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto hasta quince (15) días:
a) El que abriere pozos, hiciere excavaciones, obstruyere con materiales o escombros o cruzare con cuerdas, alambres o cualquier otro objeto, un camino o paraje de tránsito público sin autorización municipal.
b) El que, sin autorización municipal, apagare el alumbrado público, abriere, cerrare o afectare llave de agua corriente, boca de incendio, desagüe o sumidero.
c) El que afectare el funcionamiento de un servicio público.
d) El que colocare o suspendiere cosas que, cayendo o pudiendo caer en lugar de tránsito público o privado, pusieren en peligro la seguridad de las personas.
e) El que descuidare la demolición o reparación de construcciones que amenacen ruina, con peligro para la seguridad de las personas.
Si las infracciones enunciadas fueren cometidas por obrar culposo, se aplicará sanción de multa entre cinco (5) y diez (10) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 53.- Será sancionado con multa entre diez (10) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto hasta treinta (30) días:
a) El que arrojare, colocare o dejare caer en calles, sitios públicos o edificios, cualquier objeto destinado a causar daños a las personas o cosas.(…)
Si el hecho fuere cometido por tres o más personas actuando en grupo se duplicará la sanción.
ARTÍCULO 54.- Será sancionado con arresto entre diez (10) y treinta (30) días el que tuviere en su poder llave alterada o contrahecha, o bien llaves genuinas o instrumentos aptos para abrir o forzar cerraduras, sin justificar su tenencia.
ARTÍCULO 55.- Será sancionado con multa entre quince (15) y veinte (20) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires, el herrero, cerrajero, ferretero o quien desempeñare actividades afines que:
a) Vendiere o entregare a cualquier persona, sin justificar su causa, ganzúas u otros instrumentos aptos para abrir o forzar cerraduras. (…)
En todos los casos procederá, de corresponder, la clausura hasta sesenta (60) días; en tanto en los incisos b) y c), la sanción será además hasta sesenta (60) días de arresto.
ARTÍCULO 56.- Será sancionado con multa entre diez (10) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y hasta quince (15) días de arresto el que en edificios, monumentos, paredes o cercos, sin permiso municipal y fuera de los lugares habilitados para ello, fijare carteles o estampas, escribiere o dibujare anuncios, leyendas o expresiones de cualquier naturaleza o dañare los colocados con autorización.
ARTÍCULO 57.- En todos los casos previstos en los artículos anteriores del presente capítulo se aplicará como accesoria el comiso de lo efectos u objetos utilizados para cometer la infracción.
ARTÍCULO 61.- Será sancionado con multa entre diez (10) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires el que por obrar culposo permitiere el ingreso de animales en campo o heredad ajena, cercado o alambrado, sin permiso del propietario o encargado.
Si los animales hubieren sido introducidos deliberadamente, la sanción será entre quince (15) y veinte (20) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires. Se exceptúan los casos justificados por el Código Rural.
ARTÍCULO 64.- Será sancionado con multa entre diez (10) y veinte (20) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto entre diez (10) y cuarenta y cinco (45) días el que, valiéndose de cualquier acto intimidatorio, cuidare vehículos estacionados en la vía pública exigiendo contraprestación a cambio por dicho servicio.
Se duplicará la sanción para el que organizare, promoviere o facilitare la comisión de dicha infracción.
ARTÍCULO 65.- Será sancionado con multa entre uno (1) y cinco (5) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires el que circulare o permaneciere sin causa justificada en las inmediaciones de un inmueble, de un vehículo o de un establecimiento de cualquier naturaleza en forma susceptible de causar alarma o inquietud a sus propietarios, ocupantes, encargados, vecinos o transeúntes, todo ello mediando requerimiento o denuncia de parte.
ARTÍCULO 66.- Será sancionado con arresto hasta treinta (30) días:
a) El que mendigare en forma amenazante o vejatoria o adoptare medios fraudulentos para suscitar piedad.
b) El que permitiere mendigar a un incapaz o anciano a quien debiere mantener o cuidar por disposición legal o de autoridad competente.
c) El que habitare sin motivo razonable en bosques, playas, lugares descampados, plazas, parques o en cualquier otro sitio no adecuado para la vivienda humana.
Si la infracción prevista en el inciso b) fuere cometida por obrar culposo, se le aplicará la sanción de multa entre cinco (5) y diez (10) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires.
Sin perjuicio de la sanción a los responsables de las infracciones previstas en el inciso b) los incapaces serán puestos a disposición de las autoridades competentes, según el caso, a los fines de su protección y asistencia.
ARTÍCULO 68.- Será sancionado con multa entre uno (1) y cinco (5) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto entre cinco (5) y treinta (30) días la persona que ejerciere la prostitución molestando en la vía pública o en la casa que habitare.
ARTÍCULO 70.- Será sancionado con multa entre diez (10) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y, en caso de reincidencia, clausura entre diez (10) y treinta (30) días el propietario, gerente y/o administrador de comercio de expendio de bebidas alcohólicas que ocasionare o contribuyere a ocasionar la embriaguez de una persona mayor de dieciocho (18) años, suministrándole bebidas alcohólicas o substancias capaces de producir ese estado o consintiendo la permanencia de ebrios en el lugar.(…)
ARTÍCULO 71.- Será sancionado con multa entre diez (10) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y asistencia obligatoria a centros de contención y/o recuperación afines, por el plazo que el juez competente determine, el que consumiere alcohol en la vía pública, transitare o se presentare en lugares accesibles al público en estado de ebriedad manifiesto o se embriagare en lugar público o abierto al público.
Si resultare necesario para salvaguardar la salud del infractor podrá ser retenido hasta cinco (5) días, medida que deberá ser adoptada por el juez competente.
Si ocasionare molestias a otras personas podrá aplicarse además sanción de arresto hasta cuarenta (40) días.
ARTÍCULO 73.- Será sancionado con multa entre diez (10) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto hasta treinta (30) días:
a) El que individualmente o en grupo, en lugar público o abierto al público, insultare, intimidare o provocare de cualquier manera.
b) El que, con propósitos de hostilidad o burla, perturbare de cualquier forma un espectáculo, fiesta, ceremonia religiosa o política, servicio fúnebre o cualquier otro tipo de reunión, fuere que se realizare en lugares públicos o privados.
ARTÍCULO 74.- Será sancionado con multa entre diez (10) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto hasta treinta (30) días el que con ruidos de cualquier especie, toques de campana, aparatos eléctricos o ejercitando un oficio ruidoso, de modo contrario a los reglamentos, afectare la tranquilidad de la población.
ARTÍCULO 75.- Será sancionado con multa entre cinco (5) y diez (10) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires el que arrojare cosa que pudiere ofender, ensuciar o molestar o bien provocare emanaciones o escapes de gas, vapor o humo, todo ello en una calle, sitio común o ajeno.
Si la infracción fuere cometida por obrar culposo se aplicará multa entre uno (1) y cinco (5) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 76.- Será sancionado con multa entre diez (10) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires el que riñere o profiriere gritos en lugares privados alterando el orden público o la tranquilidad del vecindario.
ARTÍCULO 77.- Será sancionado con multa entre diez (10) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto hasta treinta (30) días quien circulare por la vía pública con atuendos destinados a ocultar su rostro de manera tal que impidiere u obstruyere su identificación, excepto que ello obedeciere a motivos religiosos, culturales, étnicos y sanitarios.
ARTÍCULO 78.- Será sancionado con multa entre diez (10) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto hasta noventa (90) días el que obstaculizare, de cualquier modo, la circulación de vehículos por la vía pública o espacios públicos o los ocupare sin autorización legal.
ARTÍCULO 88.- Será sancionado con multa entre diez (10) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires, comiso, clausura y/o inhabilitación, según corresponda, hasta sesenta (60) días el que practicare una actividad, oficio o profesión o vendiere productos, objetos o mercaderías, sin haber cumplido previamente los requisitos exigidos por la autoridad.
EN PERJUICIO DE MENORES DE EDAD
ARTÍCULO 98.- Será sancionado con multa entre diez (10) y veinte (20) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto hasta noventa (90) días quien sometiere a un menor de dieciocho (18) años a malos tratos corporales o psíquicos o a castigos moderados o lo privare en sus necesidades básicas pudiendo satisfacerlas.
En caso de corresponder, el Juez deberá poner en conocimiento de dichas circunstancias a las autoridades competentes, padres, tutores y/o responsables designados a los fines de la protección y asistencia pertinente.
ARTÍCULO 99.- Será sancionado con multa entre diez (10) y veinte (20) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto hasta noventa (90) días el que expusiere a cualquier peligro en su salud o la vida a un menor de dieciocho (18) años que tenga a su cuidado.
El que obrare en forma culposa será sancionado con multa entre uno (1) y diez (10) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires.
En caso de corresponder, el Juez deberá poner en conocimiento de dichas circunstancias a las autoridades competentes a los fines de la protección y asistencia pertinente.
ARTÍCULO 100.- Será sancionado con multa entre cinco (5) y diez (10) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires el que vendiere o suministrare a cualquier título artefactos pirotécnicos a un menor de dieciocho (18) años.
Este supuesto admite culpa.
ARTÍCULO 101.- Será sancionado con multa entre diez (10) y veinte (20) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto hasta noventa (90) días quien incitare u obligare a un menor de dieciocho (18) años a mendigar en forma pública o encubierta o se hiciere acompañar o asistir por él en la práctica de esa actividad.
Cuando existiere previa organización, se aplicará a el o los organizadores sanción de multa entre veinte (20) y cuarenta (40) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto entre cuarenta y cinco (45) y ciento veinte (120) días.
En este caso, el Juez deberá poner en conocimiento de dichas circunstancias a las autoridades competentes a los fines de la protección y asistencia pertinente, y de corresponder, a los padres, tutores o responsables designados.
ARTÍCULO 102.- Será sancionado con multa entre cinco (5) y veinte (20) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y clausura hasta veinte (20) días el propietario, gerente, administrador y/o encargado de un establecimiento comercial con servicios de internet que no instalare en todas las computadoras que se encontraren a disposición del público dispositivos que impidan el acceso a páginas con contenido pornográfico; o que, habiéndolos instalado, no activare los mismos cuando los usuarios del servicio de internet fueren menores de dieciocho (18) años.
Este supuesto admite culpa.
ARTÍCULO 103.- Será sancionado con multa entre cinco (5) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires, arresto hasta treinta (30) días y, en su caso, clausura del establecimiento hasta diez (10) días quien vendiere, facilitare o exhibiere a un menor de dieciocho (18) años libros, imágenes, objetos o material pornográfico.
Este supuesto admite culpa.
ARTÍCULO 104.- Será sancionado con multa entre diez (10) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto hasta quince (15) días quien comprare, permutare o aceptare en empeño por parte de un menor de dieciocho (18) años mercaderías u objetos de valor, salvo que estuviere autorizado para ello.
Este supuesto admite culpa.
ARTÍCULO 105.- Será sancionado con multa entre cinco (5) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto hasta treinta (30) días quien vendiere o facilitare de cualquier modo armas a un menor de dieciocho (18) años destinadas inequívocamente a ejercer violencia o agredir.
Si el infractor fuere propietario, gerente, administrador y/o encargado de un comercio de venta de armas, será sancionado con multa entre quince (15) y veinte (20) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires, arresto entre treinta (30) y noventa (90) días y clausura entre quince (15) y treinta (30) días.
Este supuesto admite culpa.
ARTÍCULO 106.- Será sancionado con multa entre diez (10) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto hasta treinta (30) días quien se hiciere cargo de un menor de dieciocho (18) años que se encontrare fuera del amparo de quien legalmente correspondiere sin denunciar el hecho al órgano pertinente. En este caso, el Juez deberá poner en conocimiento de dichas circunstancias a las autoridades competentes a los fines de la protección y asistencia correspondiente.
ARTÍCULO 107.- Será sancionado con multa entre diez (10) y veinte (20) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto hasta noventa (90) días quien indujere o ayudare a un menor de dieciocho (18) años a sustraerse a la guarda a que estuviere legalmente sometido, lo ocultare o de cualquier modo obstaculizare la acción de las autoridades competentes orientada a su reintegro.
ARTÍCULO 108.- Será sancionado con multa entre diez (10) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto hasta sesenta (60) días los padres, tutores o guardadores de un menor en edad escolar obligatoria que no proveyeren a su instrucción o admitieren el abandono de la misma, sin causa justificada y a pesar de contar con los medios suficientes para ello.
Será sancionado con multa entre cinco (5) y diez (10) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires e inhabilitación hasta treinta (30) días el director de escuela que habiendo tomado conocimiento de las circunstancias previstas en el párrafo anterior no lo denunciare. En este último caso, si el infractor obrare con culpa la sanción se reducirá a la mitad.
ARTÍCULO 109.- Será sancionado con multa entre diez (10) y quince (15) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires e inhabilitación hasta treinta (30) días el director, jefe de servicio hospitalario, y profesional que no diere aviso a la autoridad competente de la atención de un menor de dieciocho (18) años lesionado o en estado de gravidez que concurriere sin sus padres, tutores o guardadores.
Si el infractor obrare con culpa la sanción se reducirá a la mitad.
En su caso, las sanciones previstas deberán comunicarse a los respectivos colegios profesionales.
ARTÍCULO 110.- Será sancionado con multa entre diez (10) y veinte (20) sueldos de Oficial de Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto hasta treinta (30) días el que revelare la identidad de un menor de dieciocho (18) años sujeto a actuaciones administrativas o judiciales, cualquiera sea su carácter y con motivo de dichas actuaciones.
Se consideran como informaciones referidas a la identidad: el nombre, apodo, filiación, parentesco, residencia y cualquier otra forma que permita su individualización.
Este supuesto admite culpa.
ARTÍCULO 111.- A los efectos de lo dispuesto en este título se entenderá por:
Animal peligroso o salvaje: todo aquel que por sus instintos o dificultades para su domesticación ofrezca peligro de atacar a sus dueños o a terceros.
Armas: toda aquella propia o impropia con la que se pudiere inferir una herida o lesión corporal capaz de poner en peligro la salud o la vida.
ARTÍCULO 114.- Son funcionarios auxiliares de la Justicia el personal de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y los que determinen las leyes especiales.
ARTÍCULO 120.- Los Jueces podrán delegar en el titular de la comisaría que por jurisdicción corresponda la realización de las medidas y/o diligencias que estos dispusieren en el marco de la instrucción, siempre que no fueren aquellas de exclusivo resorte jurisdiccional.
ARTÍCULO 123.- El proceso contravencional podrá iniciarse de oficio o por denuncia en sede policial o judicial.
ARTÍCULO 124.- Si la denuncia fuere recibida en sede policial, deberá comunicarse al Juez dentro de las veinticuatro (24) horas, como así procederse a la elevación de las actuaciones a dicha sede cuando éste lo indicare.
ARTÍCULO 127.- La detención preventiva del imputado no podrá durar más de doce (12) horas, salvo que se tratare de contravenciones reprimidas con arresto, supuesto en el cual el Juez podrá disponer que se lo mantenga en tal carácter siempre que la gravedad del hecho y las demás circunstancias que lo rodeen lo ameriten, o pudiere presumir fundadamente que su libertad implique la existencia de peligro de fuga y/o entorpecimiento del proceso.
ARTÍCULO 140.- Para la apreciación de la prueba bastará la íntima convicción del Juez fundado en las reglas de la sana crítica.
ARTÍCULO 141.- El acta de constatación policial o la confeccionada por los funcionarios legalmente autorizados, labrada en legal forma, hará fe de las afirmaciones en ella contenidas y podrá invocarse por el Juez como plena prueba, siempre que no se probare lo contrario.
ARTÍCULO 147.- Contra la sentencia del Juez de primera instancia podrá interponerse, dentro del plazo de tres (3) días contados a partir de su notificación, recurso de apelación que tramitará por ante la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal y que se concederá en relación y con efecto devolutivo, rigiendo en lo pertinente lo prescripto en el Título III del Libro IV del Código de Procedimiento Penal.
DEL PROCEDIMIENTO RESPECTO DE LOS MENORES DE EDAD
ARTÍCULO 153.- La jurisdicción en materia contravencional del presente capítulo será ejercida por la Justicia de Responsabilidad Penal Juvenil.
ARTÍCULO 156.- (…)La sanción de multa será aplicada en cabeza de quien detentare la patria potestad del menor.
ARTÍCULO 157.- A los fines de la aplicación del régimen contemplado en el presente Código, en su oportunidad y por ley especial se establecerá el fuero específico.(…)
ARTÍCULO 159.- Créanse los establecimientos especiales de detención aludidos en el artículo 13, a cuyos fines las municipalidades asignarán los recursos pertinentes. Dichos establecimientos dependerán orgánica y funcionalmente del Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
domingo, 25 de abril de 2010
martes, 20 de abril de 2010
Los Pioneros en la URSS
El movimiento infantil comunista de los Pioneros
La Unión Soviética creó una de las organizaciones más amplias para la educación política de los niños. Los Jóvenes Pioneros fueron fundados al mismo tiempo que el Partido Comunista para garantizar la integración de los niños a la sociedad. Bajo la responsabilidad de líderes de la Juventud Comunista (Komsomol), en sus estructuras se aplicaba la pedagogía comunista preconizada por Antón Makarenko, sintetizada en la frase: "La mejor forma de educar es el ejemplo". El Pionero es la mejor representación del "hombre nuevo" socialista.
En la Unión Soviética, cada niño de 9 a 15 años, con pocas excepciones, pertenecía a la Organización de Pioneros Lenin. Había campamentos en todo el país, donde los Jóvenes Pioneros pasaban los veranos y días festivos. La mayoría de Pioneros eran promovidos al Komsomol, la organización hermana para jóvenes entre 14 y 28 años.
En los años 30, el sistema educativo se responsabilizó de los Pioneros, y cada escuela asignó un salón para la mayoría de actividades y reuniones de Pioneros. Veinte años después, se crearon Palacios de Pioneros y Palacios de la Cultura en cada distrito y cada ciudad, ofreciendo instrucción en temas tales como música, arte, literatura, deportes y actividades militares.
La sangrienta lucha de clases durante la colectivización agraria convirtió a Pavel Morozov en mártir y ejemplo de los Jóvenes Pioneros soviéticos. Tras denunciar las actividades contrarrevolucionarias de su padre, fue asesinado brutalmente por los terratenientes (kulaks). La generación de Pioneros de la Segunda Guerra Mundial escribió también páginas heroicas en la resistencia antifascista, colaborando para diferentes tareas con las guerrillas partisanas.
El movimiento pioneril tuvo su dimensión internacional dentro de la estrategia de la Internacional Comunista. Por ejemplo en Alemania se crearon los Rote Pfadfinder. En Francia, desde la fundación del Partido Comunista (PCF), aparecen los grupos comunistas de niños. En junio de 1922 tenían 3.000 alumnos de 8 a 14 años. A partir de 1925, se organizan según el modelo soviético de los Pioneros. Aparecen así los uniformes, la promesa, la bandera, así como la competencia con los movimientos Scouts. La línea de "clase contra clase" del PCF aísla la organización de los niños, que se reestructura en 1930. En 1932 hay mil Pioneros en Francia y 5.000 niños en los programas patrocinados por los comunistas. A partir de 1933 se publica el periódico comunista para niños Mon Camarade (mi camarada), que contenía historietas, cuentos para niños, etc.
Después de tomar el poder en Europa oriental, el Partido Comunista estableció los Jóvenes Pioneros en cada país. Los Pioneros soviéticos fueron el modelo para los grupos establecidos en los países socialistas de Europa oriental y en otros países bajo control comunista, desde Mongolia hasta Cuba.
En Holanda existió el Uilenspiegelclub, la organización infantil comunista, de 1953 a 1964. En su aspecto, estilo y actividades (acampadas, canciones, bailes), el club se parecía mucho a los Scouts o a las organizaciones juveniles socialdemócratas. Por otra parte, su ideología y estructura estaban inspiradas en los Pioneros soviéticos.
El Movimiento de Liberación Nacional Vasco creó también una organización dirigida a los niños: Kimuak (brotes), cuyo modelo fueron los Pioneros, y que estaban bajo la dirección de jóvenes militantes de Jarrai. En Colombia la organización de Pioneros llevaba el nombre de José Antonio Galán, y estaba al cuidado de la Juventud Comunista.
Los Pioneros tenían un uniforme básico. Los niños usaban los pantalones que quisieran. En los 50 y 60 eran comunes los pantalones cortos, pero en los 70 y 80 la mayoría usaban largos. En la RDA, los niños y niñas usaban camisas blancas y paliacates azules (Jóvenes Pioneros) o rojos (Pioneros Thaelmann). Las camisas (de mangas largas o cortas) tenían el logotipo de la organización de Pioneros, y algunos adornos pequeños para los líderes de grupo. En los años 80, estos uniformes no se usaban en los días normales de escuela. Quizás esto era diferente en los años 50 y 60. Para los 80, sin embargo, los uniformes de Pioneros sólo se usaban en días festivos (Primero de Mayo y otros). En los países más pobres, como en Asia, el único distintivo de los Pioneros era el paliacate rojo.
La llegada al poder en la Unión Soviética de Nikita Jrushov en 1953, marcó sobre el plano internacional el "tiempo del deshielo" y la ampliación y nueva organización del campamento de Pioneros Artek, el más importante del bloque socialista, que había sido fundado en 1925.
Lugar de vacaciones de los Pioneros, Artek se consideraba centro de formación de hombres nuevos. El campamento tenía igualmente el fin de dar una imagen ideal de la Unión Soviética al extranjero, ya que allí acudían niños del mundo entero. En 1928, Clara Zetkin, una de las personalidades más conocidas del Partido Comunista Alemán, declaraba: "¡Si queréis ver niños libres y felices, id al campamento de verano Artek!"
En 1957 se organizó un concurso de arquitectura para desarrollar el campamento. Fue ganado por el joven equipo del arquitecto Anatoli T. Polianski. En los años 60, Artek era considerada como una verdadera ciudad de Pioneros, con más de 250 edificios en cemento, metal y vidrio. La arquitectura innovadora y ambiciosa estaba a tono con lo que quería la administración Jrushov: un nuevo campamento para una nueva generación de soviéticos.
Las estadías en Artek eran uno de los momentos fuertes de la vida de Pionero: recompensaban y motivaban a los jóvenes militantes de las organizaciones comunistas.
Artek era un lugar de vida colectiva, pero que buscaba valorar la excelencia individual y ponerla al servicio del comunismo. Así, un "complejo de la ciencia, de la técnica, de la historia y del deporte" fue creado para promover los mejores talentos del país. En los paneles de anuncios del complejo encontramos los nombres de Serguei Bubka, campeón mundial de salto con garrocha, o de Gari Kasparov, campeón mundial de ajedrez. El complejo incluye un estadio de 10.000 puestos, lo que muestra la amplitud de los medios consagrados a la búsqueda de una "élite" soviética.
El campamento permitía igualmente afirmar los valores propiamente soviéticos. Allí encontramos frases como. "Este no es un lugar para quienes se apartan del trabajo" o la regla de vida en Artek: "Hazlo todo tú mismo y no esperes una nodriza". Estas frases diferencian el campamento de Artek de los campamentos Scouts con los que está emparentado por sus actividades: los niños aprendían allí a orientarse en la naturaleza, montar una tienda de campaña, hacer un fuego, marchar en columnas, tocar la corneta y el tambor y las canciones de los Pioneros. Se daba una importancia particular a la disciplina y a la autonomía.
Artek era para muchos niños extranjeros su única visión de la URSS. Se tenía especial cuidado en brindar una buena alimentación a los niños -al menos 3.200 calorías diarias-, y se insistía en la higiene. Los recursos que el gobierno ponía a disposición de este campamento permitieron darle a todos sus visitantes una imagen ideal de la URSS y del comunismo. El escritor Henri Barbusse, tras una visita a Artek en los años 60, calificó el campamento de "verdadero paraíso para los niños".
La disolución de la Unión Soviética y la crisis económica después de 1991 produjo el cierre de casi todos los Palacios infantiles, el final de la actividad pioneril en las escuelas, y el cierre de los otros pocos clubes existentes.
Este antiguo estado de los Pioneros, donde los jóvenes eran el orgullo y alegría de la sociedad, se ha convertido en la dictadura de los pseudodemócratas y la abolición de la educación gratuita, el cierre de escuelas y la privatización del sistema educativo. La educación superior es muy costosa. Esto es lo que la presente "democracia" le ha traído a la joven generación: niños abandonados, delincuencia, drogas y prostitución.
Pero, a pesar de lo anterior, el movimiento pioneril está creciendo aun en condiciones tan desfavorables. La Liga Revolucionaria de los Jóvenes Comunistas (Bolcheviques) ha organizado grupos de Pioneros e incluso se las ha arreglado para levantar campamentos de verano para los Pioneros, algo que la contrarrevolución les arrebató a los niños soviéticos.
En Ucrania ahora existen cientos de grupos de Pioneros y otros jóvenes leninistas. En mayo de 1999, se celebró el 75º Aniversario del nacimiento de la Organización de Pioneros Lenin.
Cerca de 300 niños se unieron a las filas de marcha del Komsomol durante el 5º encuentro en la Llama Eterna del Parque Gagarin en Crimea. Crimea ahora tiene 12.000 Pioneros.
Existe un marcado crecimiento de la actividad política entre los Pioneros. En Donetsk, en la región de Rostov (Rusia), el Primero de Mayo de 1999, los Pioneros y otros jóvenes marcharon junto a sus padres llevando banderas rojas de la URSS.
Los Pioneros continúan, sin embargo, en China, Corea del Norte, Vietnam y Cuba.
En Cuba, la Organización de Pioneros José Martí (OPJM) agrupa a todos los jóvenes menores de 14 años. A través de sus comités de base, se celebran actividades infantiles cuyo propósito principal lo constituye el inculcar en ellos el amor hacia el Comunismo y la Revolución y que rechacen firmemente todo cuanto pueda rebatir dichos principios. La educación comunista en los niños y jóvenes, no es solamente una disposición gubernamental que se ha aplicado siempre en todos los centros educacionales del país a través del programa único nacional de enseñanza, sino que también forma parte de la metodología que toda familia cubana está obligada a utilizar en la guía y educación de sus hijos.
La Organización de Pioneros es atendida directamente por un Secretario General, quien a su vez es miembro activo de la Unión de Jóvenes Comunistas.
La Liga de los Pioneros se creó en 1931 por orientación del Primer Partido Marxista Leninista. Los Pioneros eran atendidos por los jóvenes de la Liga Juvenil Comunista. Eran tiempos muy difíciles, por eso las actividades fundamentales de los niños estaban relacionadas con la lucha revolucionaria: distribuir propaganda, ayudar a los presos políticos, participar en mítines y manifestaciones, pintar en las paredes consignas revolucionarias; así como otras misiones.
El único atributo de la Liga de los Pioneros era un brazalete rojo con las iniciales LPC y lo usaron en contadas ocasiones, como por ejemplo en el entierro de las cenizas de Julio Antonio Mella. Ese día 29 de septiembre de 1933 fue asesinado el pionero Paquito González Cueto quien no había cumplido los 14 años de edad, convirtiéndose en el primer Pionero mártir de la Organización.
La Liga de los Pioneros no pudo alcanzar una gran masividad por las condiciones de clandestinidad y persecución en que vivía el pueblo bajo la tiranía machadista, y se disolvió en 1936 ante el aumento represivo de la dictadura y el grave peligro que corrían los niños.
Cuando triunfa la Revolución se crea en 1961 la Unión de Pioneros Rebeldes (UPR) y en 1962 al fundarse la Unión de Jóvenes Comunistas, la UPR cambió su nombre por el de Unión de Pioneros de Cuba (UPC). En aquella época sólo podían ser pioneros aquellos niños que cumplieran una serie de requisitos.
En 1966 la UJC decidió que la Unión de Pioneros de Cuba fuera masiva, es decir que todos los niños que quisieran podían ser miembros de esta Organización.
Las actividades que desarrollaban los pioneros eran muy diferentes a las que realizaban los de la Liga, pues ya nadie los perseguía, ni los maltrataba, realizaban planes de la calle, desfiles, excursiones, fogatas, trabajos socialmente útiles, recogían materia prima y colaboraban en muchas tareas de la Revolución.
En 1968 se cambió el lema de Pioneros "Siempre Listos" por el de: "Pioneros por el Comunismo ¡Seremos como el Che!", atendiendo el deseo expresado por Fidel de que las jóvenes generaciones siguieran el ejemplo del Guerrillero Heroico.
Durante todo este tiempo los pioneros continuaron desarrollando múltiples actividades, en las que demostraron que con ellos se podía contar.
En 1969 se efectuó el Primer Encuentro Nacional de Destacamentos, los cuales expresaron sus opiniones acerca de su Organización y aportaron ideas que contribuyeron a consolidar ésta.
En 1977 el Tercer Congreso de la UJC determinó convertir la UPC en Organización de Pioneros "José Martí" y que se extendiera hasta 9no grado. Desde entonces comenzaron a desarrollarse varios movimientos dentro de la Organización, entre ellos el Movimiento de Pioneros Exploradores que tiene una gran aceptación y es muy importante porque desarrolla en los niños el amor y cuidado por la naturaleza y los prepara para la defensa de la Patria.
En 1986 se efectuó la Asamblea Pioneril XXV Aniversario donde los pioneros plantearon una serie de deficiencias en el proceso docente - educativo y del trabajo de la Organización, lo cual fue valorado por el Comandante en Jefe como una valiosa muestra de la madurez y espíritu crítico de los pioneros cubanos, que los hacía merecedores de celebrar sus congresos. El primero se celebró en 1991, el segundo en 1996, y el tercero en 2001. Dichos eventos se desarrollaron exitosamente y han contribuido de forma positiva al trabajo de la Organización.
A pesar de las dificultades del período especial, los pioneros continúan participando en todas las tareas que así lo han requerido. Las FAPI, los Festivales Deportivos y Culturales, el Movimiento de Exploradores, los clubes, las movilizaciones de la escuela al campo, las actividades de solidaridad, el aporte sistemático a las MTT, su participación en desfiles y marchas patrióticas, en el Movimiento de Pioneros Creadores, son sólo algunos ejemplos de la actitud que muestran los pioneros de hoy, y que los convierten en dignos herederos de la gloriosa historia de su Organización.
Esta pequeña historia del movimiento pioneril nos enseña que debemos luchar por la felicidad de nuestros niños y por su futuro. Esta es la principal tarea de todos los marxistas-leninistas, de todas las organizaciones comunistas y de todos los revolucionarios que actuamos por el triunfo del pueblo trabajador sobre el capitalismo.
martes, 13 de abril de 2010
Federación Juvenil Comunista (Viva el Che!!!)
La Federación de Juventudes Socialistas, de donde habían surgido los principales dirigentes del PS se suma a la creación del PSI, y acompaña al movimiento de la Reforma Universitaria de 1918. Finalmente, la fundación de la Federación Juvenil Comunista tiene cita el 12 de abril de 1921.
En seguida se organizan centros juveniles en los barrios, y en mayo aparece el primer periódico: "Juventud Comunista". En estos primeros pasos de organización, la vida parlamentaria se desarrolla mucho, tal vez quitándole cierta fuerza a los movimientos populares. Pero la gran crisis del Capitalismo de 1929 impulsa la línea de "Clase contra Clase" de la III Internacional Comunista, que nos influye aproximadamente hasta 1936. Dentro de este marco, el Partido y La Fede se insertan fuertemente en el movimiento Obrero y, con "Insurrexit", agrupación universitaria comunista, el marxismo revolucionario se instala como una corriente con perfil propio en el Movimiento Estudiantil. Son los años de mayor penetración del proyecto comunista en la clase obrera: las huelgas petrolera, de la carne, de la madera y de la construcción son algunas de las grandes batallas que los comunistas dirigen contra el capital imperialista y la dictadura surgida del golpe del ´30.
Para el año 1936 comienza la Guerra Civil Española y el avance del fascismo en el mundo. Esto vuelca al movimiento comunista internacional con muchísima fuerza a la lucha contra el fascismo y la articulación de frentes antifascistas. Esto logró oponerle una fuerza importante a los avances del fascismo en el orden mundial. La Fede en todo el país realizó grandes trabajos de agitación, con pintadas, volanteadas o con compañeros que simplemente se paraban en las esquinas sobre un cajón a dar discursos contra el fascismo, por la República Española, hasta que la policía los arrestaba o hasta que lograban evadirla y vuelta, a las cuatro o cinco cuadras, a poner nuevamente el cajón, y sobre él al compañero y con él la arenga, el mensaje a nuestro pueblo. En esos años La Fede también impulsa las llamadas "Transformadas", clubes barriales donde se desarrollan actividades para la difusión del antifascismo y de tipo recreativo (bailes, biblioteca, etc.), todo cargado de un fuerte sentimiento antiimperialista. Para el ´43. con la CGT partida en dos, desde la Secretaría de Trabajo de un gobierno golpista, Perón empieza a dar respuesta a los reclamos del Movimiento obrero, trabajando con cada uno de los sindicatos por separado, para ganarlos para un proyecto de capitalismo distributivo y pacto social. El Partido y La Fede se pronuncian contra el golpe de estado del ´43 y libran durísimas batallas por la supervivencia ante un estado represor y con fuerte operatoria política al mismo tiempo.
Los esfuerzos de la táctica del frente antifascista llevaron a que caractericemos a Perón como fascista, lo que resultó un error que nos llevó a unirnos con sectores socialistas, radicales y conservadores antifascistas en la Unión democrática para disputar las elecciones del ´46 con Perón. Esto nos impidió parar una alternativa revolucionaria ante los proyectos liberales y de tercera posición, lo que posibilitó que el peronismo nos disputara la inserción en el movimiento obrero y popular.
Esta caracterización se sostenía, entre otras cosas, por la política represiva del gobierno peronista contra los comunistas: en poco tiempo, cayeron presos alrededor de dos mil camaradas y el movimiento estudiantil fue duramente reprimido.
Nuestras apreciaciones sobre esta etapa fueron revisadas en profundidad en el congreso partidario de 1986, cuyas conclusiones determinaron que habíamos "desligado la táctica del momento, de la estrategia revolucionaria" y fue en ese mismo congreso en donde realizamos lo que se conoció como el viraje revolucionario.
En los años subsiguientes al golpe gorila que hizo caer a Perón, encontramos el gran crecimiento de La Fede en el Movimiento Estudiantil. En 1958 con el gobierno de Frondizi, comienza la lucha contra el Articulo 18 ("laica o libre), que era una ley que permitía la apertura de universidades privadas, y el otorgamiento de títulos por parte de entidades educativas también privadas. Por la laica peleábamos, junto a los docentes, en todos los colegios y universidades del país. En ese momento se crean la FEMES (Federación Metropolitana de Estudiantes Secundarios) y la CAES (Coordinadora Argentina de Estudiantes Secundarios), que eran dirigidas mayormente por compañeros de La Fede, al igual que la FUA (Federación Universitaria Argentina), lo que nos llevó a tener, sin lugar a duda, un papel preponderante en esta lucha. Miles de círculos de La Fede se formaron en ese momento. Sin embargo, este conflicto lo perdimos y la ley se sancionó.
Esta lucha dejó un saldo organizativo muy positivo de los estudiantes. La Fede, con una política antiimperialista y con un fuerte sentimiento internacionalista, se manifestó, con los estudiantes, contra del desembarco de los yanquis en santo Domingo, y en apoyo a Cuba, organizando importantes movilizaciones.
Con el golpe de Onganía en el ´66, hubo una impresionante protesta estudiantil, con varias escuelas y facultades tomadas, que terminó con "La noche de los bastones largos". Se va acumulando bronca, en un marco de organización estudiantil, en el cual La Fede jugaba un papel de conducción decisivo. En las ciudades en las cuales los estudiantes vivían en comunidades, es donde la idea de la unión obrero-estudiantil se hace más fuerte, y la resistencia a la dictadura es más aguerrida, culminando con el Rosariazo y el Cordobazo en 1969.
Posteriormente, el Partido impulsa el "Encuentro Nacional de los Argentinos" donde participan sectores de los partidos tradicionales y algunas figuras legendarias como el gringo Agustín tosco. El ENA no consiguió quebrar la maniobra política de parar las luchas con el llamado a elecciones pero quedó en la historia por haber generado la celebre consigna "El pueblo unido jamás será vencido", que dio la vuelta al mundo, como bandera de los que resistimos.
Es también La Fede una de las principales organizaciones promotoras de la "Coordinadora de Juventudes Políticas", formada en medio de las luchas contra la dictadura de Onganía, que constituyó una de las más importantes expresiones de unidad de la izquierda de aquellos años. Desde principios de los ´60 con el impacto de la Revolución cubana (´59), la traición del gobierno de Frondizi (´58) y la represión creciente que asolaba el país, surgieron nuevas organizaciones de izquierda, fundamentalmente juveniles. Algunas por dentro de los partidos tradicionales (la Juventud radical y la Juventud peronista), y otras por fuera incluso de la izquierda tradicional. Es entre 1969 y 1973 cuando casi todas estas fuerzas consiguieron mantener un grado de unidad que fructificó en los avances logrados al interior de la FUA y una serie de acciones que impactaron el escenario político nacional, como la impresionante movilización en repudio al golpe de estado en Chile que marcó acaso el pico más alto de la movilización política de la izquierda de esos años.
Las diferencias del proyecto político fueron debilitando a la Coordinadora que llegó hasta el golpe del 24 de marzo, luchando contra él públicamente, solo sostenida por La Fede y la Juventud radical. La Juventud guevarista (del PRT/ERP) no la llegó a integrar formalmente nunca y la Juventud Peronista de las regionales (de Montoneros) se retiró cuando esa fuerza pasó a la clandestinidad. La división de la Coordinadora de Juventudes Políticas grafica el drama de una generación capaz de gestar los mayores actos de impugnación activa al sistema capitalista en Argentina pero que no pudo superar la herencia de división que arrastra la izquierda. El rito de autoproclamarse vanguardia por cada uno de las fuerzas existentes dificultó aún más la construcción en común de un proyecto revolucionario que superara el reformismo del Partido comunista de aquella época, el vanguardismo armado de PRT/ERP y el seguidismo a un proyecto burgués como el peronista de Montoneros.
Así fue que de la alegría del ´73 llegamos a la tragedia colectiva del ´76 con sus miles y miles de víctimas, mayoritariamente jóvenes.
Aún en las duras condiciones que impuso la dictadura y con el problema de línea del partido de sobrestimar las diferencias entre los militares y debilitar la unidad de la izquierda, La Fede de esos años juega heroicas batallas para recuperar los presos y desaparecidos de las garras de los genocidas. Fueron miles los comunistas perseguidos, cientos de presos, desaparecidos y asesinados por la dictadura. La lucha por los derechos humanos, el esfuerzo por mantener vivo al movimiento obrero y estudiantil, la propia batalla por mantener viva a La Fede en medio del horror son algunos de los méritos de esta fuerza juvenil en los momentos más duros para la lucha revolucionaria. Los años ´80, con la vuelta de la democracia son los primeros años de reconstrucción del movimiento juvenil: de la fuerza estudiantil, obrera y popular. Se recomponen las Juventudes Políticas y se fortalece la solidaridad con Nicaragua, con El Salvador y con Chile que enfrenta a Pinochet en las calles. Nuevamente La Fede se destaca por su internacionalismo revolucionario, abrazando ya en esas épocas las mejores tradiciones del comandante Ernesto Che Guevara.
Junto con ello comienzan en el Partido los esfuerzos por comprender los errores frente a la dictadura y por modificar de raíz la cultura política de "Frente Democrático Nacional". Así, La Fede se incorpora apasionadamente al proceso de viraje revolucionario que desata la preparación del XVI Congreso del Partido Comunista en 1985. Tanto es su compromiso, que La Fede tiene el primer mártir del viraje: Marcelo Feito, quien cae combatiendo en El Salvador junto al Frente Farabundo Martí de Liberación Nacional, el 16 de septiembre de 1987.
Apenas puesta a andar la nueva línea definida en el XVI Congreso, que rompe con la idea de la vanguardia autoproclamada, que diseña la estrategia de poder popular y unidad de las izquierdas, cuando formamos el Frente del Pueblo, el Frente Amplio de Liberación y la primera Izquierda Unida, constituimos, en la universidad, el Frente Amplio Estudiantil Santiago Pampillón, avanzamos en la lucha contra el gatillo fácil, etcétera. La historia parece estallar en un giro de locura: el campo socialista encabezado por la Unión soviética colapsa y comienza un penoso proceso de regresión al capitalismo. "Todo lo sólido se desvanece en el aire" había escrito Marx y la propia izquierda parecía darle razón. El movimiento revolucionario se estremece y son miles los que no soportan la presión triunfalista de un capitalismo que parecía haber alcanzado el fin de la historia.
Muchos eligen inclinarse hacia la maniobra de subordinar a la izquierda a un proyecto de integración por la vía de "una nueva forma de hacer política" que empieza en el vuelco a la derecha del Frente Grande de Chacho Alvarez, luego Frepaso con Meijide y termina en la candidatura conservadora de De La Rúa y su patético desenlace. Desde la soberbia de los conversos se exigía la disolución de las fuerzas revolucionarias y se descalificaban los esfuerzos por organizar colectivamente la lucha y los sueños revolucionarios.
Contra esa dictadura del pensamiento único nos rebelamos en esos años salvando al Partido Comunista y a La Fede de los promotores de la claudicación y manteniendo el rumbo revolucionario trazado en el XVI Congreso y ratificado en los sucesivos. Esta firmeza en las convicciones revolucionarias que nos fundaron, esa coherencia con el esfuerzo heroico de los miles y miles de jóvenes que pasaron por las filas de La Fede, y esa firme creencia en la nueva etapa que abrió el viraje, fue lo que nos permitió llegar al año de la Rebelión Popular del 19 y 20 de diciembre de 2001 parados como una fuerza que supo estar a la altura de las circunstancias y que aportó muchísimo a gestar un Movimiento Popular como el que se gestó en la Argentina, casi secretamente, en la década del aplastante triunfalismo menemista y del engaño gatopardista de la Alianza. La Rebelión Popular de diciembre, otro hito histórico de nuestro país, también tuvo como protagonistas en todo el territorio nacional a La Fede y al Partido, gritando el "que se vayan todos" en las calles junto a nuestro pueblo, resistiendo la represión asesina que incluso arrancó la vida de nuestra camarada Graciela Acosta, y festejando la caída de De la Rúa y Cavallo.
Fue a partir de este hecho, que empezó una carrera descomunal entre el bloque dominante por recomponer su gobernabilidad y su consenso y entre las fuerzas populares por gestar una alternativa política, que pudiera condensar toda la lucha de la resistencia al neoliberalismo, toda la rebeldía que se había expresado en la lucha popular, para disputar de una buena vez el poder real. El hecho de que los sectores del poder se hayan recompuesto más rápidamente no implica necesariamente que se hayan cancelado las posibilidades para la construcción de una alternativa popular. Pero también debe dejarnos en claro que la tarea principal de La Fede en esta etapa es ser capaz de aportar decididamente a la construcción de esta alternativa, siendo capaz de incorporar a los jóvenes a la lucha por la revolución desde una cultura superadora de las taras históricas que arrastra el campo popular argentino. La etapa de recomposición y de ofensiva que está teniendo el movimiento revolucionario, sobre todo en nuestro continente, nos plantea un escenario mas que alentador, lleno de posibilidades tanto para nuestra generación, como para nuestra cultura y tradición política.
Así, La Fede se fue convirtiendo en la fuerza política juvenil con más tradición de lucha en la Argentina. Esta es la Federación Juvenil Comunista, con su historia llena de heroísmo, valentía y nobleza, con sus aciertos y también con errores, pero sobre todo con una firme convicción de que cualquier situación es susceptible de modificar y que como generación estamos llamados a jugar un papel. Nuestro continente vive horas decisivas y no queremos ser simples espectadores.
Acá estamos, nunca nos fuimos pero estamos de nuevo, con el corazón caliente y orgullosos de sentirnos parte de este destacamento que sueña lucha y pelea por otro mundo mejor posible.
Un mundo socialista.

